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Felicidades por la web, es genial y ayudan mucho las consultas. Mi duda es que necesito saber que requisito pide el banco para conceder una hipoteca con facilidades de vivienda para la adquisición de un local. ¿Tengo que presentarles un cambio de uso a vivienda expedido por el Ayto. o les vale con un cambio de uso registral? En caso de ser el último, ¿cómo se gestiona? ¿Sólo consiguiendo la autorización de la comunidad? Muchas gracias. Si tienes el cambio de uso registral es suficiente pero lo normal es que para ello necesites presentar en el registro el cambio de uso municipal. En ocasiones, se ha conseguido el cambio de uso registral por otros métodos variados pero no te podemos aconsejar nada en concreto, ya que depende del registrador. Pregúntalo en el registro en cuestión y ellos te dirán que exigen. |
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